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Pandemia COVID-19 - Obligatoriedad de las Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de asegurar y cubrir prestaciones.
La Superintendencia de Servicios de Salud reitera a los Agentes del Seguro de Salud (Obras Sociales) y Entidades de Medicina Prepaga que, ante la pandemia de COVID-19 actualmente vigente, tienen la obligación de cubrir en todo el país la totalidad de los tratamientos que requieran los pacientes con casos sospechosos o confirmados de haber contraído la enfermedad. Esta obligación incluye, la realización de tests diagnósticos (PCR y/u otros), traslados, medidas de aislamiento, internaciones, etc. Las Resoluciones Nº 326/2020 - SALUD y 1095/2020 - SSSALUD, establecen los módulos prestacionales de atención de casos sospechosos y confirmados de COVID-19 y los valores de reintegro a que podrán acceder los Agentes del Seguro de Salud que los brindan.
https://www.argentina.gob.ar/noticias/las-obras-sociales-y-prepagas-deben-cubrir-los-tests-diagnosticos-pcr-yu-otros
Pandemia COVID-19 - Obligatoriedad de las Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga de asegurar y cubrir prestaciones. La Superintendencia de Servicios de Salud reitera a los Agentes del Seguro de Salud (Obras Sociales) ----